Derecho Hereditario

Por nuestra experiencia, es bastante frecuente que entre los herederos no haya un acuerdo sobre la distribución de los bienes de la herencia, o sobre la valoración de los mismos para su posterior reparto.

En algunas ocasiones uno de los herederos es depositario de uno o varios inmuebles o muebles de la herencia, lo que provoca problemas en su administración o en su disposición o venta.

En fin, es muy común que a pesar de lazos próximos de consanguinidad, se planteen conflictos muy complejos entre los herederos o legatarios llamados a la herencia, y es preciso que todos ellos estén bien asesorados para que conozcan tanto sus derechos como obligaciones, y por ello es de suma importancia la presencia de un profesional de la abogacía que oriente y conduzca las actuaciones a seguir, intentando evitar en un primer momento un inminente procedimiento judicial y ante la imposibilidad de soluciones amistosas, como sería deseable, se proceda a iniciar el inexorable procedimiento judicial de disolución de herencia o testamentaría.

En otros supuestos, no existen problemática alguna entre los herederos, sin embargo quieren realizar la adjudicación de herencia correspondiente conforme a ley, tanto en los supuestos de fallecimiento intestato o ab-intestato (es decir, con o sin testamento). En ambos casos, nuestro bufete se ocupa de toda la tramitación:

Obtención del certificado de defunción
Obtención del certificado del Registro de Ultimas Voluntades, en el que se determina si la persona otorgó o no testamento
Obtención del certificado del Registro de Seguros
Si hay testamento: obtención de una copia autorizada del testamento, en la Notaria en que se otorgó
Si no hay testamento: hay que proceder a la declaración de herederos legales o «abintestato», es decir la formalización del consiguiente Acta de Notoriedad de Notarial de Declaración de Herederos Abintestato
Definida la condición de herederos, hay que inventariar y valorar los bienes que componen las herencias
Realizada la adjudicación de las herencias, procederemos a liquidar en la Agencia Tributaria correspondiente el Impuesto de Sucesiones
Finalmente, se inscribirán en los Registros públicos, principalmente el de la Propiedad, la nueva titularidad de los bienes y se procederá a liquidar cuentas corrientes, fondos de pensiones, seguros, acciones, etc
Procedimiento Judicial de Declaración de Herederos Abintestato. En aquellos casos en los que no existan otros herederos que los colaterales (hermanos, sobrinos, entre otros) nuestro Código Civil nos exige para la declaración de tales familiares como herederos del fallecido un procedimiento judicial denominado de jurisdicción voluntaria, que tras probar dicha relación de consaguinidad colateral y la inexistencia de herederos forzosos (es decir, ascendientes, descendientes) o cónyuges, deberemos publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente tal hecho
Proceso de Aprobación Judicial de Herencia. Cuando entre los herederos exista un incapacitado, se requiere para la validez formal de la Adjudicación hereditaria de los bienes del difunto, la aprobación judicial de dicho reparto